La Registraduría Nacional del Estado Civil ha implementado una plataforma en línea para tramitar el duplicado cédula por internet. Esta plataforma le garantizará a los ciudadanos comodidad al permitir hacer este trámite sencillo desde su casa y sin cita.
¿Cuando puedo tramitar el duplicado cédula por internet?
Usted puede expedir un nuevo duplicado de su cédula de ciudadanía en caso de robo, pérdida, también si su cédula está en mal estado.
Tramite aquí su duplicado cédula por internet
Cómo tramitar el duplicado cédula por internet
Para tramitar el duplicado de su cédula usted deberá cumplir con una serie de requisitos:
- Deberá contar con una cuenta de ahorros o corriente con segunda clave que le permita hacer transacciones en línea
- Los pagos se recaudan a través de PSE. Así que ustedes ya debió registrar sus datos personales para poder hacer uso de esa pasarela de pagos.
- Si no conoce como realizar una transacción en línea con su cuenta de ahorros o corriente, puede consultar como hacer transacciones en línea con su cuenta aquí
- Si cuenta y conoce los requisitos anteriores, proceda a registrase en la plataforma de tramite de duplicado cédula por internet aquí
Tenga en cuenta que si su pago no ha sido aprobado, deberá solicitar una cita en la registraduría y hacer este trámite de manera presencial.
Al realizar el trámite, el usuario no debe presentar ningún documento; luego de que la solicitud del duplicado cédula por internet esté confirmado, en las siguientes 24 horas llegará un correo informándole del registro exitoso, el comprobante de documento en trámite (que será su nueva contraseña) con un código QR.
¿Se puede tramitar el duplicado de la cédula de manera presencial?
Sí. Puede hacer este mismo trámite de duplicado de la cédula asistido en una oficina de la registraduría. En las ciudades capitales y municipios zonificados se podrá realizar el duplicado de la cédula solo al titular sin presentación de requisitos más que la solicitud de la cita para realizar el trámite de duplicado de la cédula en la registraduría junto con el comprobante de pago original.
Para este tipo de trámite presencial, deberá pedir cita en: https://agenda.registraduria.gov.co/agenda/index.php
El día de la cita el ciudadano deberá presentarse a la Registraduría con el comprobante de pago (Deberá hacer el pago previo teniendo en cuenta las tarifas vigentes y los lugares de pago presencial para tramitar el duplicado de la cédula aquí), indicar su número de documento, datos básicos de contacto y una dirección de entrega del documento. A las 24 horas siguientes, recibirá el comprobante del documento en trámite o «contraseña» con un código QR al correo electrónico proporcionado en la cita.
¿Cuanto se demora en estar el duplicado de la cédula?
Entre 15 y 30 días hábiles dependiendo de la ciudad de envío.
Cuando la registraduría confirme su solicitd, dentro de las 24 horas siguientes se le enviará,el comprobante de documento en trámite (Contraseña) con código QR, al correo electrónico que registró. Si hizo su solicitud presencial, se le entregará una contraseña física si así lo desea.
Este comprobante podrá ser de color blanco si el trámite se realiza impreso en papel y tendrá una vigencia de 2 meses aproximadamente, ó verde sin código QR si la captura de datos es digital y tiene una vigencia de tres (3) meses. En caso de que su contraseña llegue a su vigencia máxima, deberá acercarse nuevamente a la registraduría dónde hizo su solicitud para que se le expida una nueva contraseña con una nueva vigencia.
¿Cómo sé si mi cédula ya está lista para reclamar?
Si usted ya realizó este trámite y desea consultar el estado de su cédula de ciudadanía en la base de datos de la registraduría, puede consultar el estado de su cédula aquí.
Exoneraciones del pago de solicitud de duplicado de la cédula
Cualquier ciudadadano tiene derecho a la exoneración de costo de los siguientes trámites de la registraduría por primera vez : duplicado y rectificación de cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad, así como para la expedición de copias y certificaciones de registro civil. Esta regla aplica para ciudadanos en el exterior.
Hay algunos grupos en la población que tendrán algunas excepciones a la regla como:
- Población de los niveles 0, 1 y 2 del SISBEN [1]
- Población desplazada por la violencia y Población víctima, registrada en el RUV (Registro Único de Víctimas Ley 1448 de 2011)
- Personal desmovilizado, en proceso de reincorporación y desvinculado
- Persona perteneciente a la comunidad LGTBI en condición de vulnerabilidad.
- Persona con discapacidad en condición de pobreza
- Persona habitante de calle
- Personas víctimas de catástrofes o desastres naturales o personas repatriadas
- Personas repatriadas
- Persona perteneciente a comunidades y/o pueblos indígenas de Colombia
Cada uno de estos grupos poblacionales, deberán seguir unas condiciones o requisitos para ser exonerados. Para conocer a fondo la exoneración de pagos de la Registraduría visite su página web.