Preparándonos para la agenda electoral del año vigente para las elecciones territoriales donde se elegirán gobernación, alcaldías, concejo, asamblea y JAL, te enseñamos cómo conocer y hacer la consulta jurado de votación.
Es deber de todo colombiano hacer parte de la democracia del país y durante el año vigente se harán elecciones. Esto significa que habrá una selección interna en la Registraduría Nacional del Estado Civil que definirá los jurados de votación y con esta su obligación como testigos de las elecciones.
A través de la nueva y útil herramienta de la registraduría, infovotantes. Cada ciudadano podrá consultar si es jurado de votación, su lugar donde podrá sufragar y conocer los movimientos políticos y candidatos listados para las elecciones.
Conozca aquí Infovotantes, la nueva herramienta de la registraduría
¿Cuales son las sanciones y beneficios de ser jurado de votación?
Si usted ha sido elegido como jurado de votación y no se presenta a su puesto o lo abandona, puede ser sancionado con 10 salarios mínimos legales vigentes. Los beneficios será estimados como un día compensatorio laboral remunerado y debes solicitarlo los siguientes 45 días junto con el certificado.
¿Cómo hacer una consulta jurado de votación?
La registraduría publicará a través de su página web la consulta en línea para conocer si eres jurado de votación. Para esto ingresa a la infovotantes.co y has tu consulta con el número de cédula, si has sido seleccionado se te mostrará los pasos a seguir y dónde debes presentarte.
Sigue estos sencillos pasos y podrás hacer consulta de jurado de votación y el lugar de votación en un mismo lugar:
- Ingresa a la plataforma Infovotantes.co
- Digita tu número de cédula
- Da clic en la casilla de verificación de seguridad.
- Elige el tipo de consulta que deseas hacer (Consulta de jurados o Lugar de votación)
¿Cuales son las exoneraciones?
Puede ser exonerado por una de estas causas:
- Grave enfermedad del jurado o su conyugue, padre, madre o hijo.
- Muerte del jurado o de su conyugue, padre, madre o hijo ocurrida el día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores de la elección.
- Ser menor de 18 años.
Para hacerlo debe radicar la solicitud de exoneración con la certificación médica expedida bajo gravedad de juramento; la muerte familiar con el certificado de defunción; la edad, con el documento de identidad.